El juez federal civil y comercial Horacio Alfonso declaró «constitucional» el artículo 161 de la ley de medios, que había sido objetado por el grupo Clarín, que rechaza cumplir con la adecuación de la norma votada en el Congreso hace tres años.
El fallo dictado por el juez de primera instancia puso punto final a la medida cautelar interpuesta hace tres años por el multimedios y prorrogada por la sala I de la Cámara Civil y Comercial, aún cuando la Corte Suprema había fijado el 7 de diciembre como fecha máxima para la vigencia de la cautelar.
Por su parte, el Grupo Clarín anunció desde su sitio Clarin.com que apelará la medida.
En su fallo del 22 de mayo, el máximo tribunal había señalado que 36 meses era un plazo “razonable” para la vigencia de la medida cautelar y en resoluciones posteriores ratificó esa postura e instó al Alfonso a resolver “la cuestión de fondo”.
Esa “cuestión de fondo” implicaba que resolviera sobre la constitucionalidad, o no, de los artículos 41, 45, 48 y 161 de la Ley de Medios, referidos, entre otros puntos, a la cantidad de licencias que puede tener un grupo mediático y al período de des inversión para adecuarse a la nueva ley.
El jueves 6 de diciembre la sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal emitió un fallo en contra de lo sugerido por el máximo tribunal: prorrogó una vez más la medida cautelar lograda por el Grupo Clarín, hasta que se expida la justicia de primera instancia.
Más allá de la excepción lograda hasta hoy por el Grupo Clarín, el 7 de diciembre sí marcó un antes y un después en la historia de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual: ese mismo día el titular del AFSCA, Martín sabbatella, informó que todos los otros grupos de medios habían presentado su plan de adecuación a la nueva normativa.
La decisión adoptada por la Cámara Civil y comercial, no solo fue a contramano de la opinión de la Corte Suprema, sino también de lo decidido hace 3 años por las dos cámaras del Congreso Nacional donde la Ley se aprobó por amplias mayorías, el 10 de octubre.
Sin embargo, previo a este dictamen del juez Alfonso, el titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5, Fernando Uriarte, había solicitado el martes al propio magistrado que desestime el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Clarín, al sostener que el reclamo le «impide alegar» al grupo empresario «una situación jurídica consolidada» respecto a sus licencias, por lo que el pedido «no conculca con los derechos constitucionales de propiedad».
En ese sentido, el dictamen del fiscal fue contundente al sostener, basado en el artículo 17 de la Constitución, que «nada obsta a que una nueva ley modifique, suspenda o destruya un mero interés o un derecho en expectativa», dejando en claro que Clarín ya se encontraba en «situación de infracción al régimen de multiplicidad de licencias consagrado en el artículo 43 inciso C de las Ley 22.285», en referencias a la anterior norma que regulaba los medios audiovisuales.
El representante del Ministerio Público Fiscal, recordó en otro de los tramos del extenso dictamen de 50 páginas, que la Corte Suprema en su pronunciamiento del 22 de mayo -cuando además fijo el 7 de diciembre como límite de la cautelar- expuso que Clarín «se ha abstenido de relacionar directamente la aplicación de las normas objetadas por la libertad de expresión».
El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, señaló «se terminó la medida cautelar» y «se aplicará la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de manera integral».
Apenas conocido el fallo de Alfonso, el titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, señaló que «estamos muy contentos porque se hizo justicia».
Sabbatella le dijo a Télam que «estábamos absolutamente convencidos de la constitucionalidad de la ley» y dejó en claro que «se acaban las cautelares y arranca la ley».
En el mismo sentido señaló que «fue una barbaridad que una ley de la democracia esté frenada durante tres años por presiones de las corporaciones. Nuestra democracia necesita de la aplicación integral de la ley».
Por su parte, el constitucionalista Eduardo Barcesat sostuvo en diálogo con Radio América que el fallo «tiene aspecto devolutivo que indica que el lunes tendría plena vigencia la Ley», por lo cual «la situación se retrotrae al 7 de diciembre y debería Clarín presentar el plan de desinversión».
El camino hacia la sanción de la nueva Ley 26.522 comenzó en marzo de 2009, cuando se presentó el texto del anteproyecto basado en los 21 puntos propuestos por la Coalición para una Radiodifusión Democrática.
Ese texto, antes de ingresar al Congreso, fue debatido a lo largo del país en 24 Foros Participativos de Consulta Pública y 80 charlas de discusión.
El 1 de octubre de 2009, 9 días antes de que la ley fuera sancionada por el Congreso, el Grupo Clarín realizó su primer intento por frenarla y solicitó una medida cautelar para suspender su tratamiento legislativo; algo que no le fue concedido.
Finalmente, la ley fue sancionada el 10 de octubre de ese año y puso fin a la ley 22.285 que había sido promulgada por la dictadura militar.
Fuente: El Patagónico